Nuestra Institución


Reglamento

Para hacer uso de los beneficios sociales que brinda la APEI, es requisito indispensable estar asociado y contar con una antigüedad anterior al primero de Enero del 2006, salvo en aquellos subsidios que requieran una antigüedad mayor que la consignada.


Subsidio Escolar

A los hijos/as de los asociados/as se les otorgará un subsidio por única vez para el año lectivo 2009, a los que ingresen a jardín de 3 y 4 años, pre-escolar, primario y secundario (hasta los 17 años –salvo aquellos que cursen en escuelas técnicas con 6to año-). Dicho subsidio será abonado en el curso del mes de Marzo. Para hacer efectivo su cobro, el asociado debe presentar la correspondiente constancia de alumno regular.


Subsidio para Guardería Materno Infantil

A los asociados/as se les otorgará un subsidio para la guardería de sus hijos a partir de los tres (3) meses de edad y hasta los dos (2) años, previa presentación de la factura correspondiente. Para ser beneficiario del subsidio se debe contar con una antigüedad mínima como asociado/a de un (1) año.


Subsidio para Medicamentos

Se le otorgará un subsidio del 20% al asociado/a titular y a su grupo familiar primario (esposa/o e hijos) en medicamentos que estén comprendidos en el vademécum con descuentos del 40 y 70% debiendo presentar fotocopia de la receta extendida por profesionales pertenecientes a nuestra obra social y el original de la factura expendida por la farmacia.


Subsidio para Vacunas

Se otorgará un subsidio en todas las vacunas que llevan descuento en farmacias que pertenecen a nuestra obra social hasta completar el 100% (cien por ciento) del valor total debiendo cumplimentar los mismos requisitos que los medicamentos.


Subsidio por Nacimiento

Se otorgará un subsidio por nacimiento, debiendo presentar para hacer efectivo su cobro el original de la partida de nacimiento.


Subsidio por Casamiento

Para aquellos asociados/as que contraigan nupcias se les otorgará un subsidio, debiendo presentar acta de matrimonio. En el caso que ambos contrayentes trabajen en empresas del gremio cobrará cada uno el subsidio.


Asesoramiento Legal

Se brinda asesoría letrada gratuita (laboral y civil). En nuestra sede social podrá asesorarse sobre sindicalización, salarios y todo lo concerniente a legislación laboral.


Subsidio por Fallecimiento

Por fallecimiento de cónyuges y/o hijos menores de 21 años se otorgará un subsidio. Para hacer uso del mismo el empleado deberá contar con una antigüedad mínima de 12 meses en la empresa.

En caso de fallecimiento del titular casado, cónyuge o hijos menores de 21 años se otorgará un subsidio para el sepelio. Para ser acreedor al subsidio debe contar el asociado/a con una antigüedad continua en el gremio de 12 (doce) meses.